CONVENIO  0131

Instrumento de adhesión del Convenio Internacional de las Maderas Tropicales 1994, celebrado el 26 de enero de 1994.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

INSTRUMENTO DE ADHESION DEL CONVENIO INTERNACIONAL DE LAS MADERAS TROPICALES 1994, CELEBRADO EL 26 DE ENERO DE 1994.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:

Que con fecha 26 de enero de 1994 se celebró en Ginebra, la suscripción del CONVENIO INTERNACIONAL DE LAS MADERAS TROPICALES 1994.

POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, inciso o) de la Constitución Política de la República.

ACUERDA:

Declarar la adhesión de la República de Guatemala, al instrumento a que se refiere el considerando anterior.

El presente instrumento de Adhesión deberá publicarse en el Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Guatemala, a los doce días del mes de octubre del dos mil.

ALFONSO PORTILLO CABRERA


EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
GABRIEL ORELLANA ROJAS

LIC. LUIS MIJANGOS C.
SECRETARIO GENERAL PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.

CONVENIO INTERNACIONAL DE LAS MADERAS TROPICALES

1994

NACIONES UNIDAS
1994

PREAMBULO

Las Partes en el presente Convenio.

Recordando la Declaración y el Programa de Acción sobre el Establecimiento de un Nuevo Orden Económico Internacional, el Programa Integrado para los Productos Básicos, una Nueva Asociación para el Desarrollo: el Compromiso de Cartagena y los objetivos pertinentes contenidos en el "Espíritu de Cartagena",

Recordando el Convenio Internacional de las Maderas Tropicales, 1983, y reconociendo la labor realizada por la Organización Internacional de las Maderas Tropicales y los logros alcanzados desde sus comienzos, incluida una estrategia para lograr que el comercio internacional de maderas tropicales provenga de recursos forestales ordenados de forma sostenible,

Recordando además la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, la Declaración autorizada, sin fuerza jurídica obligatoria, de principios para un consenso mundial respecto de la ordenación, la conservación y el desarrollo sostenible de los bosques de todo tipo y los capítulos pertinentes del Programa 21, aprobados por la conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en junio de 1992, en Río de Janeiro; la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; y la Convención de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica,

Reconociendo la importancia de las maderas para las economías de los países que tienen bosques productores de madera,

Reconociendo asimismo la necesidad de promover y aplicar principios y criterios comparables y adecuados para la ordenación, conservación y desarrollo sostenible de todos los tipos de bosques productores de madera,

Teniendo en cuenta las relaciones existentes entre el comercio de las maderas tropicales y el mercado internacional de las maderas y la necesidad de adoptar una perspectiva global para mejorar la transparencia del mercado internacional de las maderas,

Tomando nota del compromiso asumido por todos los miembros en Bali, Indonesia, en mayo de 1990, de conseguir que para el año 2000 las exportaciones de maderas tropicales y productos de estas maderas provengan de recursos forestales ordenados de forma sostenible, y reconociendo el Principio 10 de la Declaración autorizada, sin fuerza jurídica obligatoria, de principios para un consenso mundial respecto de la ordenación, la conservación y el desarrollo sostenible de los bosques de todo tipo, principio que afirma que deben facilitarse a los países en desarrollo recursos financieros nuevos y adicionales para permitirles ordenar, conservar y desarrollar en forma sostenible sus recursos forestales, en particular mediante la forestación, la reforestación y la lucha contra de la deforestación y la degradación de los bosques y de las tierras,

Tomando nota además del compromiso de mantener, o alcanzar para el año 2000, la ordenación sostenible de sus respectivos bosques, anunciado por los miembros consumidores que son partes en el Convenio Internacional de las Maderas Tropicales 1983 en el cuarto período de sesiones de la Conferencia de las Naciones Unidas para la Negociación de un Convenio que suceda al Convenio Internacional de las Maderas Tropicales, 1983 en Ginebra el 21 de enero de 1994,

Deseosas de consolidar el marco de cooperación internacional y de elaboración de políticas entre los miembros para la búsqueda de soluciones a los problemas con que tropieza la economía de las maderas tropicales,

Han convenido en lo siguiente:

CAPITULO I. OBJETIVOS

 
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