DECRETO DEL CONGRESO  103-97

Se autoriza al Ejecutivo para que proceda a la Venta o Permuta de todas las Piezas Metálicas del Estado.

DECRETO NUMERO 103-97

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República de Guatemala emitió el Decreto Número 77-75, por medio del cual se autorizó al Organismo ejecutivo, para que procediera a la venta o permuta, estén o no inventariados, del noventa por ciento (90%) de todas las piezas metálicas que allí se describen, destinando el producto de la venta a proveer el Ejército de Guatemala de los medios económicos indispensables para modernizar su equipo e implementos conforme sus necesidades.

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la República y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca –URNG- suscribieron el Acuerdo Sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática, el 19 de septiembre de 1996, el cual forma parte del Acuerdo de Paz Firme y Duradera, suscrito el 29 de diciembre de 1996, en cuya virtud ya no es dable mantener vigente el decreto arriba mencionado, debiendo adecuarlo al actual estructura del Estado.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA:

 
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