PUBLICACIONES VARIAS 24-03-1997
Reglamento de Servicio del Transporte Público de Pasajeros en Vehículos Livianos de Tres o Cuatro Ruedas en el Municipio de Guatemala.
*Derogado por el artículo 33 del Acuerdo COM-15-2014 del Concejo Municipal de la Municipalidad de Guatemala
El Concejo Municipal de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que es competencia del Concejo Municipal de Guatemala, velar por el funcionamiento eficiente, seguro y contínuo del servicio de transporte de personas dentro de su jurisdicción;
CONSIDERANDO:
Que siendo prioritaria la atención de la problemática del transporte del Municipio de Guatemala y su área de influencia urbana, es importante promover e incentivar a la iniciativa privada para que desarrolle diferentes variantes de prestación de este servicio;
CONSIDERANDO:
Que para el desarrollo y crecimiento del servicio de Transporte Público Liviano en el Municipio de Guatemala y su área de influencia urbana, es necesario que se emitan normas mínimas que garanticen los derechos e intereses de los usuarios y quienes presten el servicio;
POR TANTO:
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 253 y 254 de la Constitución de la República de Guatemala; así como los artículos 3.6,,7,*11,30,39, 40 incisos a, b, j, m, n, r, w, 52, 82, 84, 109, 110, del Decreto 58-88 del Congreso de la República.
ACUERDA
Aprobar el siguiente:
REGLAMENTO DE SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS EN
VEHICULOS LIVIANOS DE TRES O CUATRO RUEDAS EN EL MUNICIPIO DE GUATEMALA
CAPITULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
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