PUBLICACIONES VARIAS 05-02-2001
Reglamento para la Prestación del Servicio de Transporte y Tránsito Escolar en la Ciudad de Guatemala.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que por imperativo constitucional, los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, correspondiéndoles entra otras funciones, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo regulado en el artículo 30 del código Municipal, la Municipalidad tiene como fin primordial la prestación y administración de los servicios públicos de las poblaciones bajo su jurisdicción territorial, básicamente sin perseguir fines lucrativos, y por lo tanto, tiene competencia, para establecerlos, mantenerlos, mejorarlos y regularlos, garantizando su funcionamiento eficiente, seguro, continuo, cómodo e higiénico a los habitantes y beneficiarios de dichas poblaciones,
CONSIDERANDO:
Que es competencia de esta Municipalidad la regulación del transporte de pasajeros, así como ejercer la autoridad de tránsito en su jurisdicción, conforme las disposiciones contenidas en el acuerdo Gubernativo No. 67-98 de fecha 11 de febrero de mil novecientos noventa y ocho; siendo necesario para el efecto, emitir normas que tiendan a regular, fiscalizar, mejorar y garantizar, la calidad y funcionamiento eficiente en la prestación del servicio de Transporte Colectivo de pasajeros del Municipio de Guatemala,
POR TANTO:
Con base en lo considerado, ley citada y en lo que para el efecto preceptúan los artículos, 253 inciso c) de la Constitución política de Guatemala; 2, 3, 6, 7, 39 y 40 del Decreto 58-88 del congreso de la República de Guatemala, Código Municipal; 1º , y 3º, del Acuerdo Municipal de fecha 23 de febrero de 1998.
ACUERDO:
Emitir el siguiente,
REGLAMENTO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE Y TRANSITO ESCOLAR EN LA CIUDAD DE GUATEMALA.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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