ACUERDO GUBERNATIVO  10-77

Reforma Reglamento de Ley de Inversión y Reservas Técnicas y Matemáticas de las Empresas de Seguros, Acuerdo Gubernativo Número M. de E. 22-74

ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO M. DE E. 10-77

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que con motivo del terremoto ocurrido en nuestro país el 4 de febrero de 1976, las empresas nacionales de seguros pagaron importantes sumas en concepto de indemnizaciones a sus asegurados en esta clase de riesgos;

CONSIDERANDO:

Que si bien dichas empresas cubrieron satisfactoriamente sus compromisos, contando para ello con sus propios recursos y el respaldo de sus reaseguradores, es necesario dictar aquellas normas de carácter técnico que, en caso de futuras catástrofes cuya magnitud e intensidad son imprevisibles amortigüen el impacto financiero que por tal causa se produzca;

CONSIDERANDO:

Que los estudios realizados aconsejan la conveniencia que las aseguradoras formen y mantengan una reserva técnica específica para el pago de las indemnizaciones por siniestros catastróficos, que por cúmulos en su retención, excedan de la cobertura proporcionada por sus contratos de reaseguro,

POR TANTO,

En ejercicio de las facultades que le confiere el inciso 4) del artículo 189 de la Constitución de la República,

ACUERDA:

La siguiente

MODIFICACION AL REGLAMENTO DE
LA LEY DE INVERSIONES DE RESERVAS TECNICAS Y
MATEMATICAS DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS
(Acuerdo Gubernativo No. M. de E. 22-74)

 
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