DECRETO DEL CONGRESO 51-2001
Ley Contra el Lavado de Dinero u Otros Activos
*Derogado por el artículo 47 del Decreto No. 67-2001 del Congreso de la República
DECRETO NUMERO 51-2001
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que El Estado de Guatemala ha suscrito y ratificado tratados internacionales con el compromiso de prevenir, controlar y sancionar el lavado de dinero u otros activos, de manera que se proteja la economia nacional y la estabilidad y solidez del sistema financiero guatemalteco.
CONSIDERANDO:
Que es obligacion del Estado proteger la formacion de capital, ahorro e inversion, y crear las condiciones adecuadas para promover la inversion en el pais de capitales nacionales y extranjeros, para lo cual se hace necesario dictar las disposiciones legales para prevenir la utilizacion del sistema financiero para la realizacion de negocios ilegales.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constituicon Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
La siguiente:
LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO U TROS ACTIVOS
CAPITULO I
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