DECRETO DEL CONGRESO 40-2000
Ley de Apoyo a las Fuerzas de Seguridad Civil
DECRETO NUMERO 40-2000
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece, entre otros, como deberes fundamentales del Estado, garantizar a los habitantes la seguridad y la paz; e igualmente establece que debe proteger a la persona y a la familia y que tiene como fin supremo la realización del bien común.
CONSIDERANDO:
Que con el fin de combatir el crimen organizado y la delincuencia común, el Ejército de Guatemala debe de actuar colaborando con las fuerzas de seguridad civil, para la protección de las personas y garantizar la seguridad que le corresponde dar al Estado, obligaciones que le impone la Constitución Política, fundamentalmente si se consideran las formas de actuación criminal y las estructuras que se utilizan para la comisión de los delitos, situación que demanda el apoyo eficaz y emergente del Ejército para combatirlos.
CONSIDERANDO:
Que la cooperación de la Institución Armada por las causas referidas, se justifica aún más si se estima que, a pesar de los consistentes esfuerzos de adecuación hacia una cultura de paz, grupos antisociales cometen hechos criminales y acciones delictivas, incluso en redes organizadas y con propósitos desestabilizadores, sobrepasando eventualmente los medios para combatirlos.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
La siguiente:
LEY DE APOYO A LAS FUERZAS DE SEGURIDAD CIVIL
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