DECRETO DEL CONGRESO 98-97
Modifica Decreto del Congreso número 119-96, Ley de lo Contencioso Administrativo
DECRETO NUMERO 98-97
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la ley de lo Contencioso Administrativo, Decreto Numero 119-96 del Congreso de la República, en su artículo 17, dispone que los recursos de Revocatoria y Reposición, son los únicos medios de impugnación ordinarios en toda administración pública, estableciendo el tramite que corresponde.
CONSIDERANDO:
Que en congruencia con los principios filosóficos y doctrinarios que lo inspiran, el Código de Trabajo determina un procedimiento abreviado para el trámite de Recursos de Revocatoria y Reposición, y no obstante, en la práctica, ha existido duda en cuanto al procedimiento legal, razon por la cual es necesario emitir la disposición que determine con toda claridad la normativa aplicable en el ramo laboral.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
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