DECRETO GUBERNATIVO  577


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A todas las personas a quienes se les haya confiscado sus bienes, de conformidad con el artículo 59 del Decreto 536, se les devolverán.

Ficha Técnica
TIPO DE DOCUMENTO DECRETO GUBERNATIVO 
NUMERO DEL DOCUMENTO 577 
FECHA DE EMISION 22/02/1898 
CONTENIDO A todas las personas a quienes se les haya confiscado sus bienes, de conformidad con el artículo 59 del Decreto 536, se les devolverán. 
EMISOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 
ENTIDAD ASIGNADA  
FUENTE Recopilación de Leyes de Guatemala Tómo: XVI Número: -- Página: 714
MATERIA DEL DERECHO --- 
Fechas
  Publicado 00/00/0000 
Vigente 00/00/0000 
  Congreso 00/00/0000 
  Ejecutivo 00/00/0000 
Reformado 00/00/0000 
Derogado 00/00/0000 
Otros
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Temas --
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