DECRETO DEL CONGRESO  61-97


Aviso Importante:

Estimado Usuario:

La categoría a la que pertenece la publicación se encuentra en proceso de integración del texto y/o imágenes por tratarse de un documento antiguo.


En el caso que desee consultar el documento, rogamos realizar la solicitud a través de nuestro departamento de legislación y así darle prioridad a la integración solicitada.


Ponemos a su disposición nuestro PBX: +502 2208-2208 Ext. 8051, 8053, 8054, 8055, 8056, 8057. WhatsApp: 2208-2208 Así como nuestro correo electrónico: [email protected]



Atentamente,

INFILE, S.A.

Aprueba la Convención Internacional sobre Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, adoptada el 18/12/1990, por la Asamblea de la Organización de Naciones Unidas -ONU-.

Ficha Técnica
TIPO DE DOCUMENTO DECRETO DEL CONGRESO 
NUMERO DEL DOCUMENTO 61-97 
FECHA DE EMISION 23/07/1997 
CONTENIDO Aprueba la Convención Internacional sobre Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, adoptada el 18/12/1990, por la Asamblea de la Organización de Naciones Unidas -ONU-. 
EMISOR CONGRESO DE LA REPÚBLICA 
ENTIDAD ASIGNADA CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA 
FUENTE Diario de Centro América Tómo: CCLVII Número: 7 Página: 593
MATERIA DEL DERECHO --- 
Fechas
  Publicado 21/08/1997 
Vigente 22/08/1997 
  Congreso 23/07/1997 
  Ejecutivo 18/08/1997 
Reformado 00/00/0000 
Derogado 00/00/0000 
Otros
Efectos Producidos por la Ley --
Efectos Producidos a la Ley --
Temas

Treaties & agreements
Treaties & agreements, Multilateral
Labor law
United Nations
International organizations
Agriculture
Farmers & farm workers


Documentos Relacionados --

Consultas:
  • Buscado: 7,931 veces.
  • Ficha Técnica: 52 veces.
  • Imagen Digital: 7 veces.
  • Texto: 9 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 1 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu