ACTA MUNICIPAL 13-2025.6
Se acuerda aprobar la actualización al Reglamento para la administración, operación y mantenimiento del servicio de agua potable del municipio de Magdalena Milpas Altas, departamento de Sacatepéquez.
ACTA NÚMERO 13-2025, PUNTO SEXTO
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MAGDALENA MILPAS ALTAS, DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ; CERTIFICA: Tener a la vista el Libro de Actas de Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal, del Municipio de Magdalena Milpas Altas, departamento de Sacatepéquez, que para el efecto se lleva en esta Municipalidad, en donde aparece inscrita el Acta Extra Ordinaria Número: trece guion dos mil veinticinco (13-2025) de fecha once de julio del año dos mil veinticinco, que contiene el punto SEXTO; que copiado literalmente preceptúa:
SEXTO: El Honorable Concejo Municipal, luego de analizar y deliberar ampliamente sobre el particular y con base a lo establecido en los artículos 3, 9, 34, 35 y 42, del Decreto Doce guion dos mil dos (12-2002) Código Municipal y sus reformas, al resolver por unanimidad de criterios y:
CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que los municipios de la república de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 35 del Decreto Legislativo 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal, establece: Atribuciones generales del Concejo Municipal: Son atribuciones del Concejo Municipal: a); b); c); d); e); f); g); h); i) La emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales.
CONSIDERANDO:
Que es necesario actualizar el Reglamento del Servicio Público de Agua Potable del municipio de Magdalena Milpas Altas, departamento de Sacatepéquez, atendiendo los aspectos técnicos, administrativos y legales necesarios para garantizar la respectiva prestación del servicio público.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 72 del Decreto Legislativo 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal, establece: Que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto, tiene competencias para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.
CONSIDERANDO:
Que, en el municipio de Magdalena Milpas altas, del departamento de Sacatepéquez, se presta el servicio público municipal de abastecimiento de agua potable, es necesario emitir un reglamento que lo regule, estableciendo normas claras sobre su administración, uso y los derechos y deberes de la Municipalidad de Magdalena Milpas Altas, departamento de Sacatepéquez y los vecinos al respecto.
POR TANTO:
El honorable Concejo Municipal, con base en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal, por unanimidad:
ACUERDA:
APROBAR LA:
ACTUALIZACIÓN AL REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN, OPERACIÓN Y
MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DEL MUNICIPIO DE
MAGDALENA MILPAS ALTAS, DEPARTAMENTO SACATEPÉQUEZ.
DISPOSICIONES GENERALES DEL SERVICIO EN GENERAL
- Buscado: 91 veces.
- Ficha Técnica: 4 veces.
- Imagen Digital: 4 veces.
- Texto: 3 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 1 veces.