CONVENIO 678
Protocolo sobre los Restos Explosivos de Guerra a la Convención sobre Armas Convencionales que puedan considerarse Excesivamente Nocivas o de Efectos Indiscriminados (Protocolo V).
YO, ÁLVARO COLOM CABALLEROS
Presidente de la República de Guatemala
DECLARO:
Que el Gobierno de la República de Guatemala, acepta y ratifica por el presente Instrumento el "Protocolo sobre los Restos Explosivos de Guerra a la Convención sobre Armas Convencionales que puedan considerarse Excesivamente Nocivas o de Efectos Indiscriminados (Protocolo V)", adoptado en Ginebra el 28 de noviembre de 2003 y se compromete a cumplir y aplicar fielmente las disposiciones que en él figuran.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, firmo el presente Instrumento.
Hecho en la Ciudad de Guatemala, a veintinueve días del mes de enero de dos mil ocho.
ÁLVARO COLOM
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
ROGER HAROLDO RODAS MELGAR
LIC. CARLOS LARIOS OCHAITA
SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
REFERENCIA: Decreto del Congreso de la República No. 54-2007 emitido el 7 de noviembre de 2007.
Protocolo sobre los Restos Explosivos de Guerra
Las Altas Partes Contratantes,
Reconociendo los graves problemas humanitarios que ocasionan los restos explosivos de guerra después de los conflictos,
Conscientes de la necesidad de concluir un Protocolo sobre medidas correctivas de carácter genérico para después de los conflictos con el fin de reducir al mínimo los riesgos y efectos de los restos explosivos de guerra, y
Dispuestas a adoptar medidas preventivas de carácter genérico, aplicando a título voluntario las prácticas óptimas especificadas en un Anexo Técnico para mejorar la Habilidad de las municiones y reducir al mínimo la existencia de restos explosivos de guerra,
Han convenido en lo siguiente:
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