ACUERDO MINISTERIAL 355-2025
Se acuerda aprobar el Acuerdo Individual por parte del Gobierno de la República de China (Taiwán), a favor del Ministerio de Gobernación, en el marco del Acuerdo Básico de Cooperación y su Documento Técnico de Cooperación de 252 motocicletas.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 355-2025
Guatemala, 25 de agosto de 2025
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, faculta a los Ministros de Estado para ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio; así como, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ramo y velar por el estricto cumplimiento de las leyes. Que la ley establece la obligación de aprobar las donaciones otorgadas a los organismos de Estado, según sea el caso, a través de Acuerdo Ministerial o Resolución.
CONSIDERANDO
Que el Gobierno de la República de China (Taiwán) y el Ministerio de Gobernación de la República de Guatemala, han decidido suscribir el Acuerdo Individual por parte del Gobierno de la República de China (Taiwán) a favor del Ministerio de Gobernación, en el Marco del Acuerdo Básico de Cooperación entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República de China (Taiwán) y su Documento Técnico de Cooperación de 252 motocicletas por parte de la República de China (Taiwán) a favor del Ministerio de Gobernación, en el Marco del Acuerdo Básico de Cooperación entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República de China (Taiwán), para el fortalecimiento de los objetivos estratégicos que complementen los mecanismos de acción para el mantenimiento de la seguridad ciudadana del Ministerio de Gobernación a través de la Dirección General de la Policía Nacional Civil y la Dirección General de Inteligencia Civil.
POR TANTO
En el ejercicio de las funciones que le confieren los Artículos 151 y 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los Artículos 27 literales a) y m), y 36 literal n) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 53 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto; 54 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013 del Presidente de la República, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto; y, 4 y 7 del Acuerdo Gubernativo Número 635-2007 del Presidente de la República, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación.
ACUERDA
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