ACUERDO GUBERNATIVO 90-2025
Se acuerda aprobar la ampliación del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Instituto Nacional de Electrificación -INDE-, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2025.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 90-2025
Guatemala, 27 de mayo de 2025
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala estipula que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a) y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44, establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que el Instituto Nacional de Electrificación -INDE-, solicitó autorización a una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco, en la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTE QUETZALES (Q642,438,720), aprobada por el Consejo Directivo de esa Entidad en el Punto Cuarto del Acta Número 18-2025 de la Sesión Ordinaria celebrada el 04 de marzo de 2025, para incorporar los saldos de caja y bancos de ingresos propios, para cubrir las nuevas tarifas del Aporte Social INDE, para los usuarios que consumen entre 1 y 100 KWh al mes, de febrero a diciembre de 2025; así como, pagos de los meses de noviembre y diciembre de 2024, en consideración a la responsabilidad que esa Institución tiene con la población guatemalteca.
CONSIDERANDO
Que al tenor de lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, los montos asignados no obligan a la realización de los gastos y las Autoridades Superiores del Instituto Nacional de Electrificación -INDE-, son autorizadores de egresos en cuanto a su presupuesto, por lo que, quedan responsables de la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta del crédito aprobado con el presente Acuerdo Gubernativo, correspondiendo la fiscalización a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el referido Decreto, Artículo 17.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número, 130 del 19 MAY 2025, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 125-2025 del 22 MAYO 2025, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183, literales e) y q); y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y, lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44.
ACUERDA
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