ACUERDO  CN-6-2025

Se acuerda modificar el Acuerdo Número 01-2016.


ACUERDO NÚMERO CN-6-2025

Guatemala, doce de noviembre de dos mil veinticinco


EL CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN AL MIGRANTE DE GUATEMALA


CONSIDERANDO I

Que el Reglamento de la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, Acuerdo Gubernativo número 106-2009, en su artículo 2 establece que: "... Además de las funciones previstas en la ley, compete al Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala:...c) Aprobar los reglamentos internos, el manual de puestos y salarios de los funcionales y trabajadores de CONAMIGUA..."; facultad que, por su propia naturaleza, comprende también la aprobación de las reformas y modificaciones a los mismos.


CONSIDERANDO II

Que mediante Dictamen Jurídico No. DAJ-137-2025, de fecha 30 de octubre de 2025, emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos del CONAMIGUA, se dictaminó favorablemente, con el objeto de procurar una gestión más eficiente, implementando el proceso de pago mediante transferencia bancaria sustituyendo la emisión de cheques y agilizando el procedimiento tanto de pago a proveedores, indicando lo siguiente: "... 1. DICTAMINA FAVORABLEMENTE respecto a la viabilidad legal, técnica y financiera de la propuesta de modificación del artículo 20, inciso B, numeral 2 del Reglamento Orgánico Interno del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala. 2. Se sustenta esta viabilidad en el análisis jurídico realizado, el cual es congruente con el Dictamen Presupuestario No. DAF-119, que confirma la ausencia de costos adicionales y la mejora en la transparencia y seguridad, y con el Dictamen Técnico Número 05, que certifica la no afectación a la estructura organizacional ni a los puestos de trabajo. 3. Con base en las disposiciones contenidas en el artículo 2, literal c), del Reglamento de la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala y en el artículo 25 del Reglamento Orgánico Interno del CONAMIGUA, se recomienda que cualquier propuesta de modificación al Reglamento Orgánico Interno sea sometida a la consideración y aprobación del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala..." y, la petición para conocimiento y aprobación del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, contenida en oficio No. SE-1953-2025/REBR/ra, de fecha 6 de noviembre de 2025, mediante el cual solicita: "...para su conocimiento y solicitud de aprobación, la propuesta de modificación al artículo 20, inciso B, numeral 2 del Reglamento Orgánico Interno ROI, Acuerdo 01-2016 del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala...". Asimismo se hace la incorporación del inciso d) al artículo 20, numeral 2 del Reglamento Orgánico Interno -ROI- del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, Acuerdo Número 01-2016.


CONSIDERANDO III

Que el Reglamento de la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, Acuerdo Gubernativo número 106-2009, en su artículo 2 establece que: "...Además de las funciones previstas en la ley, compete al Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala: ...c) Aprobarlos reglamentos internos, el manual de puestos y salarios de los funcionales y trabajadores de CONAMIGUA..."; facultad que, por su propia naturaleza, comprende también la aprobación de las reformas o modificaciones a los mismos. Asimismo, el artículo 7, del referido Reglamento indica que: "... CONAMIGUA creará las unidades técnicas y administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de las funciones asignadas en la ley y el presente reglamento...".


CONSIDERANDO IV

Que es necesario realizar reformas al numeral 2 del artículo 20 del Reglamento Orgánico Interno -ROI-, Acuerdo Número 01-2016 del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala; correspondiente a las funciones de la Unidad de Tesorería, esto con el objeto de una gestión más eficiente, moderna y ágil en las gestiones administrativas de la Dirección Administrativa y Financiera del CONAMIGUA.


POR TANTO

En el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 2 literal c) del Reglamento de la Ley del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, Acuerdo Gubernativo Número 106-2009, del Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala.


ACUERDA

Aprobar la modificación al:


DEL ARTÍCULO 20, INCISO B), NUMERAL 2 E INCORPORACION DEL INCISO D) AL
REGLAMENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE ATENCIÓN AL MIGRANTE DE GUATEMALA,
-ROI- ACUERDO NÚMERO 01-2016.

 
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