ACUERDO GUBERNATIVO 1-2026
Se acuerda aprobar la distribución analítica del Presupuesto General de ingresos y egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2026.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 1-2026
Guatemala,1 de enero de 2026
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 171 literal b) establece: "(...) si al momento de iniciarse el año fiscal, el presupuesto no hubiere sido aprobado por el Congreso, regirá de nuevo el presupuesto en vigencia en el ejercicio anterior, el cual podrá ser modificado o ajustado por el Congreso."
CONSIDERANDO
Que por medio del auto de fecha 30 de diciembre de 2025, dictado por la Corte de Constitucionalidad, en calidad de Tribunal Extraordinario de Amparo, dentro de los expedientes acumulados 9403-2025, 9531-2025, 9581-2025, 9722-2025, 9840-2025, 9841-2025, 9916-2025 y 9928-2025, decretó el amparo provisional, siendo su efecto positivo, la suspensión temporal de la aprobación por parte del Congreso de la República de Guatemala, del Decreto Número 27-2025 Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil veintiséis, y lo actuado con posterioridad; en ese sentido, al no haberse emitido a la fecha una resolución definitiva en los amparos relacionados, debe aplicarse la norma constitucional citada Artículo 171 literal b), por lo que regirá de nuevo el presupuesto en vigencia en el ejercicio fiscal anterior. De tal cuenta, el presupuesto vigente para el Ejercicio Fiscal 2026, es el aprobado por el Congreso de la República de Guatemala mediante el Decreto Número 36-2024, más las ampliaciones o disminuciones que hayan sido autorizadas mediante Decretos del Organismo Legislativo; en virtud de lo cual, es necesaria la emisión, de la distribución analítica que se ajuste al Presupuesto vigente para el Ejercicio Fiscal 2026.
CONSIDERANDO
Que el Congreso de la República de Guatemala, con base en las atribuciones que le confieren las literales a), b) e i), del Artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala, emitió el Decreto Número 36-2024 Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco, vigente para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintiséis.
CONSIDERANDO
Que para la ejecución presupuestaria, es necesario autorizar la distribución analítica que de conformidad con los clasificadores y categorías programáticas, desagregue hasta el último nivel las asignaciones autorizadas a las distintas Entidades, a fin de que las mismas, a través de los programas y proyectos que les han sido encomendados, realicen la administración pública que les compete, a favor de la sociedad guatemalteca.
CONSIDERANDO
Que en los Artículos 27 y 75 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, se establece que el Organismo Ejecutivo aprobará mediante Acuerdo Gubernativo la distribución analítica del presupuesto, y que anualmente debe elaborar un presupuesto analítico que contenga el detalle de puestos y sus respectivas remuneraciones, circunstancia por la cual es preciso emitir la normativa correspondiente, y regular los aspectos de ejecución presupuestaria para el ejercicio fiscal 2026.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere las literales e) y q) del Artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los Artículos 27 y 75 que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto.
ACUERDA
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