ACUERDO MUNICIPAL 01-2017
REGLAMENTO QUE ESTABLECE LA EXONERACIÓN DEL 100% DE LAS MULTAS DEL IMPUESTO ÚNICO SOBRE INMUEBLES, MUNICIPALIDAD DE FLORES, PETÉN.
ACUERDO MUNICIPAL No. 01-2017
MUNICIPALIDAD DE FLORES DEPARTAMENTO DE PETÉN
ACUERDO MUNICIPAL No. 01-2017
El Honorable Concejo Municipal de Flores, del Departamento de El Petén,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que corresponde a los municipio emitir las ordenanzas y reglamentos para atender los servicios públicos locales y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO:
Que es necesario conceder una exoneración de carácter temporal de la multa del Impuesto Único Sobre Inmuebles que la municipalidad administra desde el once de julio de mil novecientos noventa y siete para recaudar el impuesto de las matriculas de los contribuyentes que se atrasaron en el pago.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo que determinan los artículos 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 105 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala Código Municipal, el Concejo Municipal está facultado para resolver la condonación o la rebaja de multas y recargos por la falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que se señale.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los Artículos 253, 254, 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 2, 3, 4, 33, 35, 42, 99, 100, 101, 105, 107 del Decreto No.12-2002 del Congreso de la República de Guatemala Código Municipal; 1, 3, 4, 8, 9, 11 del Decreto 15-98 del Congreso de la República de Guatemala Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles,
ACUERDA
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO QUE ESTABLECE LA EXONERACIÓN DEL 100%
DE LAS MULTAS DEL IMPUESTO ÚNICO SOBRE INMUEBLES
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