ACTA MUNICIPAL  18-2020.5

Reglamento para la prestación del servicio de moto-taxis rotativos del municipio de Bartolomé Milpas Altas, del departamento de Sacatepéquez.


ACTA NÚMERO 18-2020 PUNTO QUINTO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLOMÉ MILPAS ALTAS, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ.

CERTIFICA: Que para el efecto ha tenido a la vista el Libro de Actas de Sesiones Municipales Ordinarias y Extraordinarias autorizado por la Contraloría General de Cuentas, que se lleva en esta Secretaría, en donde se encuentra asentada el ACTA NUMERO DIECIOCHO GUION DOS MIL VEINTE de sesión pública Extraordinaria celebrada por el HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de San Bartolomé Milpas Altas, Departamento de Sacatepéquez, el día veinticinco de febrero del año dos mil veinte, en la que aparece inserto el punto resolutivo que copiado literalmente se lee: QUINTO: El Honorable Concejo Municipal de la Municipalidad de San Bartolomé Milpas Altas, Departamento de Sacatepéquez.


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República establece que las Municipalidades son entes autónomos y en sus decisiones se basan en el Código Municipal para regular los servicios públicos que se prestan dentro de su circunscripción territorial, de conformidad con los acuerdos, reglamentos y ordenanzas que la comuna emita y que las leyes pertinentes demanden.


CONSIDERANDO

Que actualmente se encuentran circulando vehículos tipo motocicleta de tres ruedas, comúnmente denominados MOTO-TAXIS o TUC - TUC en el área urbana del Municipio de San Bartolomé Milpas Altas, departamento de Sacatepéquez prestando servicio colectivo.


CONSIDERANDO

Que dichos vehículos están prestando un servicio al público sin estar regulados en el Reglamento de Tránsito y que es obligación de las municipalidades normar lo relativo al tránsito y transporte de personas dentro de su jurisdicción municipal.


CONSIDERANDO

Que es obligación legal del Estado garantizar la vida, el bienestar social y económico, así como la salud de los habitantes, por lo que la Municipalidad de San Bartolomé Milpas Altas, del Departamento de Sacatepéquez, apegada a los preceptos constitucionales que nos rigen toma la determinación de cumplir con tal cometido dentro de su jurisdicción en beneficio de los intereses de sus vecinos.


POR TANTO

En uso de las facultades que le confieren los artículos 253, 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala: artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 22, y 35 literales e), i), 68 inciso c) del Código Municipal.


ACUERDA

Emitir el siguiente:


REGLAMENTO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE MOTO-TAXIS
ROTATIVOS DEL MUNICIPIO DE BARTOLOMÉ MILPAS ALTAS,
DEL DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ


I. DISPOSICIONES GENERALES

 
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