ACUERDO GUBERNATIVO 241-2025
Se acuerda aprobar el Presupuesto de ingresos y egresos del Consejo Nacional para la Protección de La Antigua Guatemala -CNPAG-, para el Ejercicio Fiscal comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 241-2025
Guatemala, 12 de diciembre de 2025
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada Ejercicio Fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que el Consejo Nacional para la Protección de La Antigua Guatemala -CNPAG-, con base a lo que establece el Decreto Número 60-69 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Protectora de la Ciudad de La Antigua Guatemala, Artículo 5, literal d), aprueba el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintiséis, por medio del Acta Número 018-2025, numeral 6.1, literal b), de fecha 18 de mayo de 2025, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que al tenor de lo preceptuado en el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, los montos asignados no obligan a la realización de los gastos y las autoridades superiores del Consejo Nacional para la Protección de La Antigua Guatemala -CNPAG-, son autorizadores de egresos en cuanto a su presupuesto, por consiguiente, quedan responsables de la programación y ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, la cantidad formulada en su presupuesto y la utilización correcta de las asignaciones que sean autorizadas para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintiséis; correspondiendo la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el referido Decreto, Artículo 17.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen Número 411 del 10 DIC 2025, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 381-2025 del 12 DIC 2025, del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183, literales e) y q); y, con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 40; y, el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 43.
ACUERDA
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