ACTA MUNICIPAL 140-2025.3
Se acuerda aprobar la propuesta para la aplicación de descuentos en las multas de tránsito en el municipio de Fray Bartolomé de las Casas, departamento de Alta Verapaz.
MUNICIPALIDAD
FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS. DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ; CERTIFICA: TENER A LA VISTA LAS HOJAS MOVIBLES QUE CONTIENEN EL LIBRO DE ACTAS Y ACUERDOS DE SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, EN LAS QUE SE ENCUENTRA EL PUNTO TERCERO DEL ACTA ORDINARIA NÚMERO CIENTO CUARENTA GUION DOS MIL VEINTICINCO (140-2025) DE FECHA CUATRO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO LA QUE COPIADA EN SUS PARTES CONDUCENTES LITERALMENTE DICE:
"TERCERO:... El Concejo Municipal, CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del Municipio, así como la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales. CONSIDERANDO: Que compete al Concejo Municipal la emisión y aprobación de acuerdos y ordenanzas municipales. CONSIDERANDO: Que ningún organismo del Estado está facultado para eximir de pago de arbitrios o tasas a las personas individuales o jurídicas contribuyentes, salvo la propia Municipalidad. CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal podrá resolver con el vote favorable de las dos terceras (2/3) partes del total de los miembros que lo integran, la condonación o la rebaja de multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que se señale. CONSIDERANDO: Que se ha presentado una propuesta por la Licenciada Verena Marjorie Soria Medina Juez de Asuntos Municipales y de Tránsito para que se autorice aplicar el descuento en las multas de tránsito, propuesta que ha sido aprobada, toda vez que esto vendrá en beneficio de la población en general por que deberá debe emitirse la resolución que en derecho corresponde. POR TANTO: Con base en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 9, 33, 35, 105 del Código Municipal por lo que el Honorable Concejo Municipal por unanimidad de sus miembros. ACUERDA:
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