EXPEDIENTE 6925-2025
Se decreta la suspensión provisional del artículo 171 contenido en el Acta Municipal 78-2025.6.
EXPEDIENTE 6925-2025
Oficial 3º de Secretaría General
Asunto: Inconstitucionalidad de ley de carácter general, parcial. Solicitante: Cámara de Comercio de Guatemala. Disposiciones denunciadas: a. inciso 170.5 del artículo 170, b. artículo 171, c. artículo 175, d. la frase "... permiso administrativo para obtener el derecho al aprovechamiento..." contenida en el primer párrafo y la totalidad del segundo párrafo, ambos del artículo 176, e. artículo 182, f. artículo 183, g. artículo 184, h. artículo 185, i. artículo 188, j. las frases "La Municipalidad o..." y "... por la Municipalidad." contenidas en el artículo 189, k. artículo 190, l. artículo 201 y m. artículo 206, todos del Reglamento de Aguas del Municipio de Villa Nueva, Regulación de Prestación de los Servicios de Agua Potable y Tratamiento de Aguas Residuales en el municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala, contenido en el punto sexto del acta 78-2025, que documenta la sesión celebrada el seis de agosto del año dos mil veinticinco, por el Concejo del ente edil antes indicado.
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, dos de diciembre de dos mil veinticinco.
Se tiene a la vista, para resolver, la acción de inconstitucionalidad de ley de carácter general, parcial, que promovió la Cámara de Comercio de Guatemala, solicitante de la inconstitucionalidad, por medio de la mandataria especial judicial con representación, María Luz Herminia Vigil Herrera, con el objeto de impugnar: a. inciso 170.5 del artículo 170, b. artículo 171, c. artículo 175, d. la frase "... permiso administrativo para obtener el derecho al aprovechamiento..." contenida en el primer párrafo y la totalidad del segundo párrafo, ambos del artículo 176, e. artículo 182, f. artículo 183, g. artículo 184, h. artículo 185, i. artículo 188, j. las frases "La Municipalidad o..." y "... por la Municipalidad." contenidas en el artículo 189, k. artículo 190, l. artículo 201 y m. artículo 206, todos del Reglamento de Aguas del Municipio de Villa Nueva, Regulación de Prestación de los Servicios de Agua Potable y Tratamiento de Aguas Residuales en el municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala, contenido en el punto sexto del acta 78-2025, que documenta la sesión celebrada el seis de agosto del año dos mil veinticinco por el Concejo del ente edil antes indicado.
CONSIDERANDO
-I-
El artículo 138 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad establece, en el apartado conducente, que "... la Corte de Constitucionalidad deberá decretar, de oficio y sin formar artículo, dentro de los ocho días siguientes a la interposición, la suspensión provisional de la ley, reglamento o disposición de carácter general si, a su juicio, la inconstitucionalidad fuere notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables. || La suspensión tendrá efecto general y se publicará en el Diario Oficial al día siguiente de haberse decretado.".
-II-
En el presente caso, esta Corte estima que concurren los supuestos que prevé la norma legal citada, únicamente en cuanto al artículo 171 del Reglamento de Aguas del Municipio de Villa Nueva, Regulación de Prestación de los Servicios de Agua Potable y Tratamiento de Aguas Residuales en el municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala, contenido en el punto sexto del acta 78-2025, que documenta la sesión celebrada el seis de agosto del año dos mil veinticinco, por el concejo del ente edil relacionado, razón por la cual se decreta la suspensión provisional de dicho artículo; por otro lado, con relación al resto de disposiciones atacadas de inconstitucionalidad, al estimarse que no concurren los supuestos citados en el artículo 138 transcrito en el considerando que precede, no se decreta la suspensión provisional de los mismos, como se indicará en la parte resolutiva del presente auto.
LEYES APLICABLES
Artículo citado, 139 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad; 4 y 50 del Acuerdo 1-2013 de la Corte de Constitucionalidad.
POR TANTO
- Buscado: 243 veces.
- Ficha Técnica: 21 veces.
- Imagen Digital: 19 veces.
- Texto: 15 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 1 veces.

