DECRETO DEL CONGRESO  15-2025

Se acuerda reformar el artículo 132 de la Ley del Presupuesto General de ingresos y egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2025, Decreto Número 36-2024 del Congreso de la República.


DECRETO NÚMERO 15-2025


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que la correcta consignación de los nombres de las entidades en los documentos oficiales, como el Decreto del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, es esencial para garantizar la precisión en la asignación de recursos públicos.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 132 de la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, establece de manera clara las asignaciones y transferencias específicas a distintas instituciones, por lo que cualquier error en la identificación de las entidades beneficiarias puede generar confusión administrativa y retrasos en el destino de los fondos asignados; siendo así, la corrección de los nombres de las organizaciones en el mencionado decreto permitirá asegurar que los recursos lleguen efectivamente a las entidades correctas.


CONSIDERANDO:

Que en el presente caso, las organizaciones mencionadas -Plataforma de Mujeres Indígenas (PMI ONG) y el Centro para el Desarrollo de los Pueblos Ixiwa (IXIWA ONG)- son actores fundamentales en la promoción de la participación ciudadana, la defensa de los derechos humanos, la generación de ingresos locales, la preservación del medio ambiente y el fortalecimiento institucional en sus respectivas comunidades, por lo que resulta imperioso rectificar la denominación de las mismas, para que puedan cumplir con las tareas encomendadas, optimizando así los beneficios de los fondos públicos para la población destinataria.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,


DECRETA:

 
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