ACUERDO GUBERNATIVO 161-2025
Se acuerda aprobar la ampliación del Presupuesto de ingresos y egresos de la Empresa Portuaria Nacional de Champerico (EPNCH), para el Ejercicio Fiscal 2025.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 161-2025
Guatemala, 16 de septiembre de 2025
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada Ejercicio Fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a) y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44, establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que la Empresa Portuaria Nacional de Champerico (EPNCH), solicitó autorización a una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco, en la cantidad de UN MILLÓN TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO QUETZALES (Q1,319,348), aprobada por medio del Acuerdo Número 05-2025 del 08 de agosto de 2025 por la Junta Directiva de esa Empresa, con el propósito de incorporar el aporte extraordinario del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, aprobado mediante Acuerdo Ministerial de Presupuesto Número 143-2025 del 04 de agosto de 2025, para financiar principalmente el pago por arrendamiento de un tractor y dos excavadoras, el mantenimiento y reparación de dos camiones articulados para el dragado del canal de acceso a la dársena y el traslado de arena dragada; la compra de repuestos, combustibles y lubricantes; así como el aporte a la Contraloría General de Cuentas derivado de la presente ampliación,
CONSIDERANDO
Que al tenor de lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, los montos asignados no obligan a la realización de los gastos y las Autoridades Superiores de la Empresa Portuaria Nacional de Champerico (EPNCH), son autorizadores de egresos en cuanto a su presupuesto; por consiguiente, quedan responsables de la Ampliación Presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados mediante el presente Acuerdo Gubernativo; correspondiendo la fiscalización a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el referido Decreto, Artículo 17.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 242 del 11 SEP 2025, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 220-2025 del 12 SEP. 2025, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q); y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44;
ACUERDA
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