ACUERDO COM-22-2023
Se acuerda autorizar la venta mediante Pública Subasta, de los vehículos chatarra o para desarme que han causado abandono en el depósito municipal ubicado en Km. 21.5 Ruta al Atlántico.
ACUERDO No. COM-22-2023
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
CONSIDERANDO
Que en los Depósitos Municipales de Vehículos se encuentran una gran cantidad de vehículos y que han permanecido por más de seis meses a disposición del Juzgado Tercero de Asuntos Municipales de Tránsito, por infracciones a la Ley de Tránsito, el Reglamento de Tránsito y demás disposiciones sobre la materia específicamente abandono en la vía pública, sin que los propietarios o tenedores legítimos hayan gestionado su devolución.
CONSIDERANDO
Que el artículo 37 de la Ley de Tránsito vigente establece: Los vehículos, chatarra o cosas incautadas o vehículos dejados en la vía pública que hayan causado abandono conforme párrafo segundo del Artículo 35 de esta ley, se venderán en pública subasta, o se adjudicarán al Ministerio de Gobernación o a las municipalidades, según corresponda, si después de seis meses de haberse incluido su descripción en los avisos colocados por la autoridad de tránsito en lugares visibles y públicos de sus oficinas, nacionales, departamentales, municipales u otras, según el caso, no fueren reclamados por sus propietarios o legítimos tenedores. Por lo que es procedente que el Concejo Municipal autorice la venta en pública subasta de los vehículos incautados y/o consignados que han causado abandono en los predios municipales.
CONSIDERANDO
Que el Juzgado Tercero de Asuntos Municipales de Tránsito, cumplió a cabalidad con los procedimientos legales para la aprobación de la pública subasta de los vehículos chatarra y para desarme que han causado abandono en los depósitos municipales.
POR TANTO
Con fundamento en lo considerado, leyes citadas y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 2, 3, 7, 33, 35 literal i), 39, 40, 52, 105, 139, 140, 141, 161, 162, 165, 166 y 170 del Código Municipal; y 31, 35, 36, 37, 38 y 39 de la Ley de Tránsito.
ACUERDA
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