ACUERDO 23-2013
Disposiciones de fortalecimiento en los juzgados pluripersonales de ejecución penal.
ACUERDO NÚMERO 23-2013
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia, además de la creación de Juzgados y Tribunales, establecer su competencia con el fin de asegurar la eficacia del servicio judicial.
CONSIDERANDO
Que es necesario fortalecer la etapa de ejecución de las sentencias penales, para implementar y consolidar los principios de celeridad, concentración y economía procesal, acorde con los avances tecnológicos y las regulaciones jurídicas de la materia, así como organizar su funcionamiento administrativo según la gestión oral del despacho judicial y el Reglamento Interior de Juzgados y Tribunales Penales.
CONSIDERANDO
Que la Presidencia del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia, en coordinación con Cámara Penal, realizan esfuerzos dirigidos a estandarizar y mejorar la gestión de los Juzgados de Ejecución Penal, promoviendo la oralidad mediante el método de audiencias y el correcto manejo, procesamiento y almacenamiento de la información.
POR TANTO
Con base en lo considerado y lo establecido en los artículos 203, 204 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 12, 109, 150 bis, 492 y 493 del Código Procesal Penal, Decreto 51-92 del Congreso de la República, 51, 52, 54 inciso f), 57, 58, 74 y 77 de la Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 del Congreso de la República y el Reglamento Interior de Juzgados y Tribunales Penales, Acuerdo 24-2005 modificado por el Acuerdo 7-2006 de la Corte Suprema de Justicia, ésta integrada como corresponde,
ACUERDA:
LAS DISPOSICIONES DE FORTALECIMIENTO DE LOS JUZGADOS PLURIPERSONALES DE EJECUCIÓN PENAL
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