DECRETO DEL CONGRESO  33-96

Reformas Al Decreto Número 17-73, Código Penal.

DECRETO NUMERO 33-96


El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO:

Que el Derecho es cambiante y debe adecuarse a las necesidades sociales, principalmente el Derecho Penal debido a que de su buena aplicación depende la protección de bienes jurídicos en apoyo a la convivencia pacífica;


CONSIDERANDO:

Que el actual Código Penal y sus Reformas, establece los tipos delictivos y las penas que han de aplicarse a quienes los cometan, haciendo falta la inclusión en el mismo de otros delitos que por afectar bienes públicos como el patrimonio histórico y el ambiente, deben ser regulados en la legislación penal;


CONSIDERANDO:

Que el país requiere de una adecuada regulación penal para evitar conflictos sociales derivados de las usurpaciones de tierras;


CONSIDERANDO:

Que los avances de la tecnología obligan al Estado a legislar en bien de la protección de derechos de autor en materia informática, tipos delictivos que nuestra legislación no ha desarrollado;


CONSIDERANDO:

Que nuestro sistema político se basa en la democracia, que se vuelve directa cada vez que los ciudadanos acuden a emitir sufragio, en manifestación de su voluntad, la cual debe ser protegida por nuestra legislación para evitar coacciones y fraudes electorales,


POR TANTO,

En uso de las facultades que le otorga la literal a) del Artículo 171 de la Constitución Política de la República,


DECRETA:

Las siguientes:


REFORMAS AL DECRETO 17-73 DEL
CONGRESO DE LA REPUBLICA,
CODIGO PENAL,

 
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