ACUERDO MINISTERIAL  633-2024

Se acuerda reformar el contenido del artículo 2 del Acuerdo Ministerial Número 202-2023 de fecha veinticuatro de febrero del año dos mil veintitrés.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 633-2024

Guatemala, 22 de abril de 2024


LA MINISTRA DE CULTURA Y DEPORTES


CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece dentro de las funciones que les corresponden a los Ministros de Estado, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio.


CONSIDERANDO:

Que, el Decreto número 5-2021 del Congreso de la República de Guatemala, Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos, el cual tiene por objeto la gestión administrativa por medio de la simplificación, agilización y digitalización de trámites administrativos, utilizando las tecnologías de la información y comunicación -TICS-, para facilitar interacción entre personas individuales o jurídicas y dependencias del Estado, aplicable para todos los trámites administrativos que se gestionen en las distintas dependencias del Estado.


CONSIDERANDO:

Que, derivado de la necesidad de contar con requisitos y procedimientos administrativos actualizados, tecnológicos y digitalizados acordes a la realidad social, relacionados con los servicios públicos que brinda la Dirección General del Deporte y la Recreación de este Ministerio, y congruente con las disposiciones legales aplicables, el veinticuatro de febrero del año dos mil veintitrés, fue emitido el Acuerdo Ministerial Número 202-2023, por medio del cual se acordó la normativa que contiene la creación de la Ventanilla Única para los trámites que se realizan ante la Dirección General relacionada.


CONSIDERANDO:

Que, la Dirección de Áreas Sustantivas de la Dirección General del Deporte y la Recreación, en observancia a lo establecido por la Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos, los lincamientos emitidos por el Comité de Simplificación de Trámites del Ministerio de Cultura y Deportes, y en atención a las observaciones contenidas en la Providencia Número mil nueve guión dos mil veintitrés (1009-2023) de fecha dieciséis de agosto de dos mil veintitrés, emitida por la Procuraduría General de la Nación, realizó las gestiones pertinentes para reformar el contenido del Acuerdo Ministerial Número 202-2023 que emitió la normativa que contiene la creación de ventanilla única para los trámites que se realizan ante la Dirección General del Deporte y la Recreación del Ministerio de Cultura y Deportes, concluyendo sobre la necesidad de replantear la identificación de cada uno de los trámites descritos en el Artículo 2, por lo cual deviene emitir la disposición legal correspondiente. El presente acuerdo es de estricto interés del Estado.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y con fundamento en los Artículos 193 y 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22 y 27 literales a), f) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 2 y 3 de la Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos; 7 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Cultura y Deportes.


ACUERDA:

 
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