ACUERDO GUBERNATIVO  291-2023

Se acuerda aprobar el presupuesto de ingresos y egresos del aporte para la Descentralización Cultural -ADESCA-, para el Ejercicio Fiscal comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.

*Disminuido el presupuesto de ingresos y egresos del ejercicio fiscal 2024, por el Acuerdo Gubernativo 57-2024.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 291-2023

Guatemala, 14 de diciembre de 2023


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada Ejercicio Fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que el Consejo de Administración del Aporte para la Descentralización Cultural -Adesca-, con base en lo que establece el Decreto Número 95-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Creación del Aporte para la Descentralización Cultural -Adesca-, Artículo 8, Numeral 5, emitió el punto TERCERO del Acta Número 24-2023-CA-ADESCA de fecha 27 de junio de 2023, por medio del cual aprobó el Anteproyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida entidad, para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticuatro, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, establece que los montos asignados no obligan a la realización de los gastos y las autoridades superiores del Aporte para la Descentralización Cultural -Adesca-, serán responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, por lo que, quedan bajo su responsabilidad el monto formulado y la utilización correcta de las asignaciones programadas para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticuatro: correspondiendo la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el referido Decreto, Artículo 17.


CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 478 de fecha 07 DIC 2023, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 408-2023 del 11 DIC. 2023, del Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183, literales e) y q); y, con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 40; y, el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 43.


ACUERDA

 
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