DECRETO DEL CONGRESO  6-2026

Derogatoria de la Ley sobre el Impuesto de Herencias, Legados y Donaciones, Decreto Número 431 del Congreso de la República.


DECRETO NÚMERO 6-2026


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que es obligación del Estado promover el desarrollo económico de la Nación, velando porque exista un sistema tributario justo y equitativo, que propicie las condiciones económicas necesarias en aras de proteger a la población guatemalteca y a la familia.


CONSIDERANDO:

Que nuestra carta magna dispone que, en materia tributaria, deben privar los principios de legalidad, capacidad de pago, justicia y equidad; por lo que se hace necesario adecuar las normas tributarias con la finalidad de buscar un sistema tributario simplificado para el contribuyente, que facilite el cumplimiento y que permita también a la administración tributaria ser más eficiente en la administración, control y fiscalización de los impuestos establecidos en las leyes tributarias, eliminando del sistema impuestos que no son eficientes como es el caso del impuesto de herencias, legados y donaciones, que está regulado en una ley que ha quedado desactualizada, convirtiéndose en un impuesto de difícil recaudación y pago.


CONSIDERANDO:

Que corresponde al Congreso de la República decretar, reformar y derogar las leyes en interés de la población guatemalteca, y procurar que el sistema tributario cumpla con el fin principal que es la obtención de ingresos para la atención de las necesidades de la sociedad en general, respetando el principio de neutralidad, promoviendo el crecimiento de la economía, y sin afectar decisiones de los agentes económicos, siendo el impuesto a las herencias, legados y donaciones un impuesto que no genera ingresos importantes al fisco y con altos costos administrativos de recaudación.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171, literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,


DECRETA:

La siguiente:


DEROGATORIA DE LA LEY SOBRE EL IMPUESTO DE HERENCIAS, LEGADOS Y
DONACIONES, DECRETO NÚMERO 431 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

 
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