DECRETO DEL CONGRESO 13-2024
Ley temporal para ampliar el plazo del pago del impuesto de circulación de vehículos terrestres.
DECRETO NÚMERO 13-2024
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres. Marítimos y Aéreos establece que la fecha máxima para realizar el pago del impuesto anual de circulación es el 31 de julio de cada año.
CONSIDERANDO:
Que derivado de las condiciones económicas, el costo de la vida para los guatemaltecos se ha elevado de manera importante, limitando la capacidad adquisitiva, y por tanto de pago.
CONSIDERANDO:
Que es potestad del Congreso de la República, decretar las leyes en materia impositiva.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171, literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
LEY TEMPORAL PARA AMPLIAR EL PLAZO DEL PAGO DEL IMPUESTO DE
CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES
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