ACUERDO GUBERNATIVO 697-2003
Crea la Autoridad para el manejo y desarrollo sostenible de la cuenca del lago Petén Itzá.
*Derogado por el Artículo 13 del Decreto del Congreso Número 28-2024 el 05-12-2024
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 697-2003
Guatemala, 29 de octubre de 2003
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Cuenca del Lago Petén Itzá colinda con el área de amortiguamiento de la Reserva de Biosfera Maya -RBM-, y que por sus características especiales, cuenta con riqueza extraordinaria en flora y fauna única en el Continente Americano, constituyéndose en uno de los principales atractivos turísticos del país por lo que es concurrida por gran número de turistas nacionales y extranjeros. En consecuencia, dicha cuenca requiere de una entidad pública específica que se dedique a la vigilancia, monitoreo y control de las actividades que se realizan en su área, para asegurar el adecuado uso de las aguas, prevenir y revertir efectos negativos sobre el equilibrio del ecosistema del mismo, que afectan el potencial social, económico y cultural para el desarrollo sostenible del departamento de Petén.
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado velar por la protección y conservación de los recursos naturales, como lo son los lagos en particular y los recursos hídricos en general, como parte del patrimonio natural del país; por lo que es procedente que el Gobierno de la República emita las disposiciones legales para crear la Autoridad para el Manejo y Desarrollo Sostenible de la Cuenca del Lago Petén Itzá, a fin de conservar el equilibrio ecológico y prevenir la contaminación ambiental.
CONSIDERANDO:
Que la creación de la Autoridad para el manejo y Desarrollo Sostenible de la Cuenca del Lago Petén Itzá, es un proyecto piloto y mecanismo innovador a través del cual se propone un nuevo modelo de desarrollo sostenible participativo de acuerdo a las disposiciones de la Ley General de Descentralización, de la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural y del Código Municipal, en el que se propone utilizar a la Cuenca Hidrográfica como una "unidad de diagnóstico, planificación estratégica y gestión participativa integral", con la finalidad de enfrentar los retos de la región.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) y con fundamento en el artículo 97, ambos de la Constitución Política de la República de Guatemala,
ACUERDA:
CREAR LA AUTORIDAD PARA EL MANEJO Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE
LA CUENCA DEL LAGO PETÉN ITZÁ.
- Buscado: 8,869 veces.
- Ficha Técnica: 117 veces.
- Imagen Digital: 109 veces.
- Texto: 116 veces.
- Formato PDF: 12 veces.
- Formato Word: 29 veces.