ACUERDO GUBERNATIVO  36-2024

Se acuerda crear el Programa de Salud Escolar.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 36-2024

Guatemala, 29 de febrero de 2024


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado se organiza para proteger a la persona humana y para tal efecto, debe garantizar la vida y la salud de sus habitantes sin discriminación alguna. El preámbulo de la Constitución afirma la primacía de la persona como sujeto y fin del orden social, siendo una obligación fundamental del Estado garantizar el derecho a la salud, considerado como mecanismo de protección de la vida, lo cual posee una importancia superlativa.


CONSIDERANDO

Que la Declaración de los Derechos del Niño establece que éste tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud, y que con ese fin, debe proporcionarse, tanto a él como a su madre gestante, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal a esta última, teniendo el niño derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados. Esta premisa normativa se encuentra desarrollada por la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, la cual determina que es obligación del Estado efectuar acciones administrativas que permitan concretar programas de salud integral en beneficio de la niñez y juventud guatemalteca. Por su parte la Ley de Educación Nacional, prescribe la obligación del Estado de Guatemala de crear programas de apoyo para mejorar la salud de los educandos; ante ello, es necesaria la creación del Programa de Salud Escolar, con cobertura a nivel nacional, por lo que deviene pertinente la emisión del presente instrumento legal y la derogatoria del Programa Seguro Médico Escolar creado mediante el Acuerdo Gubernativo Número 44-2020, de fecha 19 de marzo de 2020. La publicación del presente Acuerdo es de estricto interés del Estado.


POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los Artículos 93, 94 y 95 de ese mismo cuerpo legal; 78 y 95 del Decreto Número 12-91, Ley de Educación Nacional y 9 literal a) del Decreto Número 90-97, Código de Salud, ambos Decretos del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA

Lo siguiente:


CREAR EL PROGRAMA DE SALUD ESCOLAR

 
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