ACUERDO GUBERNATIVO  53-2023

Se acuerda aprobar la distribución analítica de la ampliación al Presupuesto general de ingresos y egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2023, por el monto de (Q1,200,084,436.40).


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 53-2023
EJERCICIO FISCAL 2023

Guatemala, 20 de marzo de 2023


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que el Congreso de la República de Guatemala, por medio del Decreto Número 54-2022, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintitrés, en el Artículo 104 amplía el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal vigente hasta en Q1,500,000,000, para la ejecución de recursos provenientes de varias fuentes de financiamiento, incluyendo en las literales a) y d), donaciones, ingresos propios de las entidades y sus saldos; asimismo el Artículo 113, autoriza ampliar dicho Presupuesto, hasta por el saldo pendiente de ejecutar de los recursos asignados al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda mediante el Decreto Número 21-2022 del Congreso de la República de Guatemala, Ley para Fortalecer el Mantenimiento y Construcción de Infraestructura Estratégica. Ambos artículos facultan al Organismo Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Finanzas Públicas, gestione la aprobación por medio de Acuerdo Gubernativo, de la Distribución Analítica de la ampliación de los recursos mencionados.


CONSIDERANDO

Que el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda y la Secretaría Presidencial de la Mujer -Seprem-, solicitan ampliar su Presupuesto de Egresos vigente, de la siguiente forma: a) el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda para incorporar el saldo pendiente de ejecutar de los recursos asignados a dicha Cartera Ministerial, mediante el Decreto Número 21-2022 del Congreso de la República de Guatemala, Ley para Fortalecer el Mantenimiento y Construcción de Infraestructura Estratégica; asimismo, programar ingresos propios adicionales y saldos de caja de la Dirección General de Aeronáutica Civil para cubrir principalmente el pago de internet, mantenimientos de los muelles de abordaje, aire acondicionado, sistema eléctrico y muro perimetral en los Aeropuertos Internacionales La Aurora, Mundo Maya y el Aeródromo de San José, Escuintla, renovación de pólizas de seguros aeroportuarios, de vehículos y de vida colectivo; servicios de limpieza, instalaciones de red, cintas transportadoras de equipaje y la adquisición de circuito cerrado de cámaras de seguridad, máquina de limpieza de la pista de aterrizaje y una planta generadora de electricidad; y, b) la Secretaría Presidencial de la Mujer -Seprem- para programar recursos de la Donación del Gobierno de España AECID-SEPREM-S&E Sistema de Seguimiento y Evaluación -S&E- para visualizar las Brechas de Inequidad entre Hombres y Mujeres y promover la participación de las Guatemaltecas, destinados principalmente al pago de personal para asistencia técnica de diversas plataformas, insumos para talleres de validación de los módulos desarrollados; así como, equipo de cómputo y servidores para la operación del sistema de monitoreo.


CONSIDERANDO

Que es procedente autorizar la Distribución Analítica de la Ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado mencionada, en vista que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 071 de fecha 15 MAR 2023, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 055-2023 de fecha 16 MAR 2023, del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que al tenor de lo preceptuado en el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos, y las autoridades superiores del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda; y de la Secretaría Presidencial de la Mujer -Seprem-, serán autorizadores de egresos en cuanto a sus presupuestos, por lo que, queda bajo su responsabilidad la Distribución Analítica de la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados mediante el presente Acuerdo Gubernativo, correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el referido Decreto, Artículo 17.


POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literales e) y q), y conforme lo que establece el Decreto Número 54-2022 Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintitrés, artículos 104 y 113.


ACUERDA

 
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