DECRETO DEL CONGRESO  73-79

Aprueba la Convención para Prevenir y Sancionar los Actos de Terrorismo, configurados como delitos contra las personas y la extorsión conexa, cuando éstos tengan trascendencia internacional, suscrito el 02/02/1971 en Washington.

Decreto Número 73-79

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,

CONSIDERANDO:

Que con fecha 2 de febrero de 1971, se suscribió la convención para prevenir y sancionar los actos de terrorismo configurados como delitos contra las personas y la extorsión conexa, cuando éstos tengan trascendencia internacional;

CONSIDERANDO:

Que la Organización de Estados Americanos en 1970, condenó enérgicamente los actos de terrorismo y en especial el secuestro de personas y la extorsión conexa con éste, los que calificó como graves delitos comunes, que atentan contra la libertad, la integridad física y el respeto a los derechos fundamentales de la persona humana, razón por la cual los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Gobernación, de la Defensa Nacional y el Consejo de Estado, se pronunciaron y opinaron en sentido favorable a la aprobación del citado instrumento, advirtiendo que no contraviene ninguna de las disposiciones contenidas en la Constitución de la República.

POR TANTO,

En cumplimiento de las atribuciones que le asigna el inciso 14 del artículo 170 de la Constitución de la República.

DECRETA:

 
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