RESOLUCIÓN  MEM-RESOL-905-2025

Aprobar la adenda número 5 a las bases de licitación pública abierta para el diseño, construcción, puesta en servicio, operación de la infraestructura y prestación del servicio de (...) y sus anexos (A-M), denominado LICITACIÓN PET-3-2025.

EXPEDIENTE PET-3-2025

ASUNTO: JUNTA CALIFICADORA, TRASLADA QUINTA ADENDA A LAS BASES DE LICITACIÓN
PÚBLICA DENOMINADAS PET-3-2025.

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS: Guatemala, veintitrés de septiembre de dos mil veinticinco.


MEM-RESOL-905-2025

Consta de 599 folios. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que la Comisión Nacional de Energía Eléctrica a través de oficio identificado como SG-NotaS2025-95 de fecha tres de abril de dos mil veinticinco, remitió a este Ministerio, las Bases de Licitación Pública Abierta para el Diseño, Construcción, Puesta en Servicio, Operación de la Infraestructura y Prestación del Servicio de Transporte de Energía Eléctrica por medio de la Adjudicación del Valor del Canon Anual y sus Anexos (A-M), denominado Licitación PET-3-2025, mismas que fueron aprobadas por este Ministerio a través de la resolución número MEM-RESOL-371-2025 de fecha veintitrés de abril de dos mil veinticinco. La Primera Adenda, fue aprobada por este Ministerio, por medio de la resolución número MEM-RESOL-570-2025 de fecha nueve de julio de dos mil veinticinco; la adenda número 2, fue aprobada a través de la resolución número MEM-RESOL-712-2025 de fecha once de agosto de dos mil veinticinco; la Adenda número 3 fue aprobada por medio de la resolución número MEM-RESOL-732-2025 de fecha veinte de agosto de dos mil veinticinco; y la Adenda número 4 fue aprobada por medio de la resolución número MEM-RESOL-867-2025 de fecha nueve de septiembre de 2025. CONSIDERANDO: Que mediante nota dirigida al señor Ministro, de fecha 4 de septiembre de 2025, la Junta Calificadora, recomendó emitir la Adenda número 4 (Adenda número 5, correctamente) a las Bases de Licitación denominadas PET-3-2025. CONSIDERANDO: Que el Departamento de Desarrollo Energético, por medio de la providencia número DE-DGE-1428/2025 de fecha 12 de septiembre de 2025, concluyó: "...este Departamento no tiene objeción a la emisión de la Adenda No. 5 y considera que se puede continuar con el trámite respectivo, Dicha providencia fue aprobada por la Dirección General de Energía, por medio de la providencia número DGE-489-2025 de fecha 22 de septiembre de 2025. CONSIDERANDO: Que la Unidad de Asesoría Jurídica mediante el dictamen identificado como UAJ-598-2025 de fecha 23 de septiembre de 2025, opinó: "...a) Derivado de lo expuesto, con fundamento en la normativa legal aplicable y las actuaciones que se tiene a la vista, se establece desde el punto de vista legal que, es PROCEDENTE que se continúe con el trámite de las presentes actuaciones relativas a la aprobación de la Adenda No. 5 de las bases de licitación PET-3-2025, tomando en cuenta lo descrito en el análisis jurídico para su aprobación y posteriormente su publicación."; POR TANTO: Este Ministerio, con fundamento en lo considerado, los dictámenes emitidos y lo preceptuado en las Bases de Licitación PET-3-2025, artículos 22 y 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 4 literal h) y 6 literal b) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas; 1.7.1 inciso f), 1.7.2 inciso b) y 2.4 de las Bases de Licitación Pública Abierta denominadas PET-3-2025; al resolver, DECLARA:

 
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