ACUERDO MINISTERIAL  2314-2025

Se acuerda convocar a las organizaciones magisteriales (...), designen terna de sus representantes para ocupar el puesto vacante de vocal 2 de la Junta Directiva de la Junta Calificadora de Personal del Ministerio de Educación.

ACUERDO MINISTERIAL No. 2314-2025

Guatemala, 12 de junio de 2025

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República, establece que es función de los Ministros de Estado, ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su cartera, además de dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo regulado en el artículo 34 del Decreto No. 1485 del Congreso de la República de Guatemala, Estatuto Provisional de los Trabajadores del Estado, Capítulo de la Dignificación y Catalogación del Magisterio Nacional, se crea la Junta Calificadora de Personal, la cual debe estar conformada por un presidente, un vicepresidente, dos vocales y un secretario.

CONSIDERANDO:

Que por encontrarse vacante el puesto de vocal 2 de la Junta Directiva de la Junta Calificadora de Personal y por ser necesaria su conformación según consta en Acta No. 07-2025, de fecha uno de abril del año dos mil veinticinco, el Licenciado Marco Vinicio Pinelo Eran, Director de la Junta Calificadora de Personal, del Ministerio de Educación, estableció que debe realizarse la convocatoria respectiva para que las organizaciones magisteriales con personería jurídica efectúen la designación de sus candidatos; para el efecto es pertinente emitir la presente disposición legal, la cual es de estricto interés del Estado de Guatemala y su publicación se encuentra exenta del pago de la tarifa respectiva de acuerdo a lo que establece el Artículo 12 del Acuerdo Gubernativo número 112-2015, del Presidente de la República, de fecha 26 de marzo de 2015.

POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere los artículos: 194 literal a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), f) y m) y 33 de la Ley del Organismo Ejecutivo Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; y 30 del Acuerdo Gubernativo número 225-2008 Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Educación.

ACUERDA:

 
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