ACUERDO  COM-01-2023

Reglamento para el uso y funcionamiento de la Plaza del Carbonero.

ACUERDO No. COM-01-2023

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que los municipios son instituciones autónomas, a los cuales, entre otras funciones, les corresponde obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Así mismo, el Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República, establece que le corresponde al Concejo Municipal la aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales.

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el artículo 67 del Código Municipal, el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales y ambientales, así como prestar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida, a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la población del municipio, y que el inciso "f" del artículo 68 del mismo cuerpo legal indica que, como parte de sus competencias, se encuentra la promoción y gestión de parques, jardines y lugares de recreación.

CONSIDERANDO:

Que los espacios públicos, entre ellos las plazas, son de dominio municipal, los cuales se encuentran destinados a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y por ello, se hace necesaria la creación de reglas de convivencia que aseguren el bienestar de los usuarios y la conservación de las instalaciones.

CONSIDERANDO:

Que el espacio conocido tradicionalmente como la Plaza del Carbonero, ubicada en la 4a. calle "A" 2-80 de la zona 1, conocida como el Callejón de las Maravillas del Barrio de la Recolección, desde el siglo XIX constituye un lugar de encuentro ciudadano, que por su contenido histórico forma parte de la memoria colectiva y del patrimonio cultural del Centro Histórico.

POR TANTO:

En el uso de las facultades legales que le confieren los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala: 3, 5, 9, 33, 35, 42, 67 y 68 del Código Municipal contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas.

ACUERDA:

EMITIR EL REGLAMENTO PARA EL USO Y FUNCIONAMIENTO DE LA PLAZA
DEL CARBONERO

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

 
...
Consultas:
  • Buscado: 893 veces.
  • Ficha Técnica: 15 veces.
  • Imagen Digital: 15 veces.
  • Texto: 12 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 2 veces.
  • Formato Word: 1 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu