ACTA MUNICIPAL  086-2022.3

Se acuerda condonar el cien por ciento (100%) de las multas generadas por los contribuyentes por la omisión en el pago del Impuesto Único Sobre Inmuebles en el tiempo previsto por la ley.


ACTA NÚMERO 086-2022 PUNTO TERCERO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE TIQUISATE, DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA. CERTIFICA: que para el efecto ha tenido a la vista el acta número 086-2022 de fecha miércoles veintisiete de julio del año dos mil veintidós, en hojas movibles, autorizadas por la Contraloría General de Cuentas, para el uso de actas, de Sesiones Ordinarias del Honorable Concejo Municipal, donde se aprobó el punto resolutivo número tercero que copiado en su parte conducente dice: PRIMERO..., SEGUNDO..., TERCERO...:

POR TANTO: Con base en lo considerado y en lo preceptuado en los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículos 1,2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 33, 35 literal i), 37, 40, 42, y 105 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República y sus Reformas (Código Municipal) y 2 y 28 del Decreto Legislativo 15-98 (Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles -IUSI-), por todo lo antes expuesto, el Honorable Concejo Municipal al deliberar y resolver, por unanimidad


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