RESOLUCIÓN  149, 155 y 156-2018

Se Acuerda Dar A Conocer Montos Mínimos De Capital Pagado De Las Entidades Descritas En Esta Resolución.


RESOLUCIÓN NÚMERO 149-2018.

Guatemala, diecinueve de enero de dos mil dieciocho.


REF. : SUPERINTENDENCIA DE BANCOS.
Revisión y
fijación para el año 2018, del monto
mínimo de capital pagado inicial de las
entidades de microfinanzas.


Visto para resolver el expediente número 118-2018, relacionado con la revisión y fijación para el año 2018, del monto mínimo de capital pagado inicial de las entidades de microfinanzas; y,

CONSIDERANDO: Que el artículo 14 de la Ley de Entidades de Microfinanzas y de Entes de Microfinanzas sin Fines de Lucro prescribe que el monto mínimo de capital pagado inicial de las entidades de microfinanzas será revisado anualmente y fijado por la Superintendencia de Bancos, con base en el mecanismo aprobado por la Junta Monetaria.

CONSIDERANDO: Que el mecanismo de mérito fue aprobado por la Junta Monetaria en resolución JM-96-2016, vigente a partir del 1 de enero de 2017.

CONSIDERANDO: Que dicho mecanismo, en el numeral 1 establece que para efectos de la fijación del monto mínimo de capital pagado inicial de las entidades de microfinanzas, correspondiente a los años 2017, 2018 y 2019, la Superintendencia de Bancos utilizará los montos establecidos en los incisos a) y b) del artículo 14 de la Ley de Entidades de Microfinanzas y de Entes de Microfinanzas sin Fines de Lucro, correspondientes a las Microfinancieras de Ahorro y Crédito, y Microfinancieras de Inversión y Crédito, utilizando para el efecto el tipo de cambio de referencia al 31 de diciembre del año anterior.

CONSIDERANDO: Que las bases de cálculo referencial expresadas en dólares de los Estados Unidos de América a utilizar, conforme a los incisos a) y b) del artículo 14 antes citado, corresponde a US$5.0 millones para las Microfinancieras de Ahorro y Crédito, y US$1.8 millones para las Microfinancieras de Inversión y Crédito.

CONSIDERANDO: Que el artículo 6 de la Ley Monetaria, en su parte conducente, establece que el Quetzal se empleará como moneda de cuenta y medio de pago en todo acto o negocio de contenido dinerario.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con información publicada por el Banco de Guatemala, el tipo de cambio de referencia al 31 de diciembre de 2017, fue de Q7.34477 por US$1.00, con el cual se procedió a determinar los montos mínimos de capital pagado inicial que estarán vigentes para el año 2018, de las entidades de microfinanzas que se constituyan.

CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el cálculo indicado, los montos mínimos de capital pagado inicial resultantes son de Q36,723,850.00 para las Microfinancieras de Ahorro y Crédito, y de Q13,220,586.00 para las Microfinancieras de Inversión y Crédito, montos que son menores a los vigentes fijados para el año 2017 en la resolución número 24-2017 de la Superintendencia de Bancos (Q37,610,650.00 para las Microfinancieras de Ahorro y Crédito y de Q13,539,834.00 para las Microfinancieras de Inversión y Crédito).

CONSIDERANDO: Que el numeral 2 del mecanismo de mérito, en la parte conducente indica que si los valores obtenidos fueran menores a los montos en vigencia, estos últimos mantendrán su validez hasta la próxima revisión y fijación.

POR TANTO: Con base en lo considerado y en lo dispuesto en el artículo 3, incisos a) y w) de la Ley de Supervisión Financiera, la Superintendencia de Bancos,

 
...
Consultas:
  • Buscado: 17,421 veces.
  • Ficha Técnica: 298 veces.
  • Imagen Digital: 296 veces.
  • Texto: 284 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 8 veces.
  • Formato Word: 24 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu