ACUERDO GUBERNATIVO 425-2013
Disposiciones para la adquisición de Pasaportes en el Extranjero.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 425-2013
Guatemala, 24 de octubre de 2013
El Presidente de la República
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que es deber del Estado, garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.
CONSIDERANDO:
Que con la pérdida de vigencia de la Cédula de Vecindad, corresponde al Estado adoptar las medidas para garantizar a los guatemaltecos que residen en el exterior, el acceso a los documentos que les identifican como nacionales.
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Registro Nacional de las Personas extender el Documento Personal de Identificación a todos los guatemaltecos y que en tanto dicho proceso se implementa de manera continua y ágil en el extranjero, se hace necesario por parte del Ministerio de Gobernación, adoptar las medidas que faciliten a los guatemaltecos la obtención de su Pasaporte en el exterior.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones conferidas en el artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en lo establecido en los artículos 4 numerales 1) y 2) y 10 numeral 1) del Decreto 95-98 del Congreso de la República, Ley de Migración, y, 27 y 36 del Decreto No. 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA:
Emitir las siguientes:
"DISPOSICIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE PASAPORTES EN EL
EXTRANJERO"
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