ACUERDO GUBERNATIVO 138-2012
Se aprueban las medidas efectuadas en el terreno baldío denominado "SEMANZANA", ubicado en la jurisdicción municipal de El Estor, Departamento de Izabal
ACUERDO GUBERNATIVO No. 138-2012
Guatemala, 12 de julio de 2012
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que mediante programas especiales y legislación adecuada, el Estado proveerá de las tierras estatales a las comunidades indígenas que las necesiten para su desarrollo.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Ley de Transformación Agraria, los terrenos baldíos una vez localizados y medidos deben ser inscritos a favor de la Nación, con el objeto de que puedan ser destinados al establecimiento de zonas de desarrollo agrario o lotificaciones rústicas para proporcionar tierra a los campesinos y campesinas que carecen de ella como lo determina la Constitución Política de la República de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que habiéndose efectuado los trabajos de medida legal del terreno baldío denominado "SEMANZANA", ubicado en jurisdicción municipal de El Estor, departamento de Izabal, por el Ingeniero Agrónomo Oscar Oswaldo Hernández Díaz, con número de colegiado mil ochocientos veintinueve (1,829) y como consta en el respectivo expediente que las operaciones topográficas se encuentran ajustadas a la ley según dictamen número FT- ATR-017-2009 emitido por el Coordinador del Área Técnica de la Dirección de Regularización del Fondo de Tierras, Ingeniero Agrónomo Demetrio Cutzal Mijango, el veinticuatro de junio de dos mil nueve, es procedente emitir la disposición legal aprobando dichas diligencias.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en el artículo 161 del Decreto número 1551 del Congreso de la República.
ACUERDA:
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