ACUERDO MINISTERIAL  826-2012

Se acuerda declarar Patrimonio Cultural Intangible de la Nación, el Libro Sagrado POPOL WUJ, por ser de interés del Estado, por su valor histórico, cultural, filosófico, espiritual y por contribuir al fortalecimiento de la identidad nacional.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 826-2012

Guatemala, 22 de agosto de 2012


EL MINISTRO DE CULTURA Y DEPORTES


CONSIDERANDO:

Que de conformidad a la Constitución Política de la República de Guatemala, al Estado le corresponde, proteger, fomentar y divulgar la cultura nacional; emitir las leyes y disposiciones que tiendan a su enriquecimiento, restauración, preservación y recuperación; promover y reglamentar su investigación científica, así como la creación y aplicación de tecnología apropiada.


CONSIDERANDO:

Que en Guatemala el Popol Wuj, constituye el libro sagrado de los ancestros mayas y que actualmente representa para la población en general, un referente histórico vigente que fundamenta la cosmogonía, espiritualidad e identidad de los pueblos indígenas, principalmente por ser un legado cultural intangible del pueblo maya k'iche', que por generaciones ha transmitido su historia desde la creación del hombre de maíz.


CONSIDERANDO

Que forman el Patrimonio Cultural de la Nación, los bienes e instituciones que por ministerio de ley o por declaratoria de autoridad lo integren y constituyan, incluido el patrimonio intangible que coadyuve al fortalecimiento de la identidad cultural y, que mediante el Acuerdo Gubernativo número 30-1972 de fecha 30 de abril de 1972, el Libro Sagrado denominado Popol Wuj, fue declarado Libro Nacional de Guatemala, por su valor filosófico, histórico, espiritual, político y cultural.


POR TANTO:

Con base a lo considerado y en ejercicio de las funciones que preceptúan los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), y m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 2, 3, 4, 5, 25, y 26 de la Ley Para la Protección del Patrimonio Cultural y Natural de Guatemala; y 7 del Acuerdo Gubernativo Número 27-2008 de fecha 10 de enero del 2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Cultura y Deportes.


ACUERDA:

 
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