PUBLICACIONES VARIAS  05-06-2012

Reglamento para vehículos de tres ruedas denominados Moto-Taxis o Tuk-Tuk


EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MONJAS, DEPARTAMENTO DE JALAPA


CERTIFICA:

Que para el efecto ha tenido a la vista el libro de actas de sesiones ordinarias y extraordinarias del Honorable Concejo Municipal, donde a folios: 60 al 61 se encuentra el acta de fecha dos de Noviembre de dos mil once, que en el punto TERCERO, literalmente dice:


EL CONCEJO MUNICIPAL DE MONJAS, DEPARTAMENTO DE JALAPA.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal (Decreto 12-2,002 del Congreso de la República de Guatemala), por unanimidad:


ACUERDA:

Aprobar el siguiente:


REGLAMENTO PARA VEHICULOS DE TRES RUEDAS DENOMINADOS MOTO-TAXIS O TUK-TUK


CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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