ACUERDO GUBERNATIVO  381-2010

Acuerda aprobar en todo su contenido el acuerdo Número 1257, emitido por la junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social IGSS.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 381-2010

Guatemala, 28 de diciembre del 2010


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que el Estado de Guatemala, reconoce y garantiza el Derecho a la seguridad social para el beneficio de los habitantes de la Nación, Su régimen se instituye como función pública, en forma nacional, unitaria y obligatoria.


CONSIDERANDO

El Estado velará por la salud y asistencia social de todos los habitantes que desarrollará a través de sus instituciones, acciones de prevención promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes, a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social.


CONSIDERANDO

Que la Junta Directiva del instituto Guatemalteco de Seguridad Social, emitió el Acuerdo número 1257, de fecha catorce de noviembre de dos mil diez, en el cual acordó MODIFICACIONES AL ACUERDO 1124 DE JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO SOBRE PROTECCIÓN RELATIVA A INVALIDEZ, VEJEZ Y SOBREVIVENCIA.


POR TANTO

Con fundamento en lo considerado y en lo dispuesto por los Artículos 94 y 100 de la Constitución Política de la República; 40 literal g), del Decreto 114-97, del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; 19, 27 37 y 44 del Decreto 295, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.


ACUERDA

 
...
Consultas:
  • Buscado: 10,054 veces.
  • Ficha Técnica: 604 veces.
  • Imagen Digital: 597 veces.
  • Texto: 547 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 63 veces.
  • Formato Word: 91 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu