ACUERDO GUBERNATIVO 628-2007
Se acuerda emitir el siguiente Reglamento para la Contratación de Servicios Directivos Temporales con Cargo al Renglón Presupuestario 022 "PERSONAL POR CONTRATO".
ACUERDO GUBERNATIVO No. 628-2007
Guatemala, 27 de diciembre del 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que es necesario modernizar y eficientar los servicios que prestan los Ministerios, Secretarías de Estado y otras dependencias del Organismo Ejecutivo, creando un mecanismo ágil y eficiente que permita contratar personal directivo con la calidad de funcionario o empleado público, que sean los responsables de la ejecución de los planes, políticas y estrategias dictadas por las Autoridades Nominadoras o superiores de los ministerios, secretarías y otras dependencias del Ejecutivo, que tienen a su cargo la prestación de servicios, o la ejecución de obras y proyectos que deben atenderse en forma inmediata para beneficio de la población guatemalteca.
CONSIDERANDO:
Que el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, en el Grupo "0" Servicios Personales contiene dentro del subgrupo 2 personal temporal, el renglón presupuestario 022, "Personal por Contrato", el cual contempla los egresos por concepto de sueldo base a trabajadores públicos, contratados para servicios, obras y construcciones de carácter temporal, en los cuales en ningún caso los contratos sobrepasarán el período que dura el servicio, proyecto u obra, y cuando estos abarquen más de un ejercicio fiscal, los puestos pueden crearse nuevamente.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literales e) y n) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
EN CONSEJO DE MINISTROS
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DIRECTIVOS TEMPORALES CON CARGO AL RENGLÓN PRESUPUESTARIO 022 "PERSONAL POR CONTRATO".
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
- Buscado: 26,781 veces.
- Ficha Técnica: 1,438 veces.
- Imagen Digital: 1,411 veces.
- Texto: 1,419 veces.
- Formato PDF: 194 veces.
- Formato Word: 349 veces.