DECRETO DEL CONGRESO 33-96
Reformas Al Decreto Número 17-73, Código Penal.
DECRETO NUMERO 33-96
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que el Derecho es cambiante y debe adecuarse a las necesidades sociales, principalmente el Derecho Penal debido a que de su buena aplicación depende la protección de bienes jurídicos en apoyo a la convivencia pacífica;
CONSIDERANDO:
Que el actual Código Penal y sus Reformas, establece los tipos delictivos y las penas que han de aplicarse a quienes los cometan, haciendo falta la inclusión en el mismo de otros delitos que por afectar bienes públicos como el patrimonio histórico y el ambiente, deben ser regulados en la legislación penal;
CONSIDERANDO:
Que el país requiere de una adecuada regulación penal para evitar conflictos sociales derivados de las usurpaciones de tierras;
CONSIDERANDO:
Que los avances de la tecnología obligan al Estado a legislar en bien de la protección de derechos de autor en materia informática, tipos delictivos que nuestra legislación no ha desarrollado;
CONSIDERANDO:
Que nuestro sistema político se basa en la democracia, que se vuelve directa cada vez que los ciudadanos acuden a emitir sufragio, en manifestación de su voluntad, la cual debe ser protegida por nuestra legislación para evitar coacciones y fraudes electorales,
POR TANTO,
En uso de las facultades que le otorga la literal a) del Artículo 171 de la Constitución Política de la República,
DECRETA:
Las siguientes:
REFORMAS AL DECRETO 17-73 DEL
CONGRESO DE LA REPUBLICA,
CODIGO PENAL,
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