ACUERDO GUBERNATIVO  694-93

Las operaciones de crédito con cargo a fideicomisos establecidos por el sector público, quedan sujetas a tasas variables de interés, sustancialmente similares al promedio ponderado de las tasas de mercado.

ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 694-93

Palacio Nacional: Guatemala, 26 de noviembre de 1993.

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la República, dentro del Programa de Modernización del Sistema Financiero, tiene como objetivo general otorgar mayor eficiencia y eficacia al proceso de intermediación y asignación de los recursos financieros,

CONSIDERANDO:

Que uno de los elementos considerados para el adecuado desarrollo de dicho programa consiste en la readecuación de los programas crediticios del Sector Público, a efecto de evitar su paulatino deterioro financiero,

CONSIDERANDO:

Que en vista de que los fideicomisos constituyen un instrumento importante de financiamiento en el Sector Público, es necesario homologar sus condiciones financieras al resto de instrumentos que se ofrecen en el mercado.

POR TANTO,

En uso de las funciones que le confiere el artículo 183 inciso e) de la Constitución Política de la República,

ACUERDA:

 
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