DECRETO LEY  378

En todas las leyes, reglamentos, acuerdos y disposiciones vigentes relacionados con la investigación y el control agropecuarios, en que aparezcan los nombres "Dirección General de Agricultura", "Dirección de Ganadería", "Instituto Agropecuario Nación".


DECRETO-LEY NUMERO 378


ENRIQUE PERALTA AZURDIA,


Jefe del Gobierno de la República,


CONSIDERANDO:

Que las disposiciones contempladas en el acuerdo gubernativo de fecha 16 de octubre de 1964, relacionadas con la reestructuración del Ministerio de Agricultura, norman su organización en concordancia con los adelantos de la técnica moderna;


CONSIDERANDO:

Que para el eficiente desarrollo de las actividades del Ministerio de Agricultura es de urgente necesidad armonizar la legislación vigente con las denominaciones y atribuciones que se asignan a sus dependencias en el acuerdo citado,


POR TANTO,

Con base en las facultades que le confiere el artículo 3° de la Carta Fundamental de Gobierno,

en Consejo de Ministros,


DECRETA:

 
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