DECRETO GUBERNATIVO  2084

Se Acuerda La autorización y registro tanto de los libros de Contabilidad de las oficinas públicas como de los que pertenecen a otras entidades sujetas a la fiscalización del Tribunal de Cuentas.


DECRETO NUMERO 2084


JORGE UBICO,


PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

En uso de las facultades que le confiere el inciso 23 del artículo 77 de la Constitución de la República; y,


CONSIDERANDO:

Que es conveniente uniformar el procedimiento para la autorización de los libros de contabilidad, así como para la de los libros de importancia pertenecientes a las oficinas públicas, sociedades, comités, etcétera, que están sujetos a la fiscalización del Tribunal de Cuentas, Que, por otra parte, es necesario llevar un efectivo registro de los mismos, para evitar su posible pérdida, cambio o destrucción;


POR TANTO;


DECRETA:

 
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