ACTA MUNICIPAL  022-2024.4

Se acuerda reformar el Plan de tasas, arbitrios, rentas, frutos, productos, multas y demás tributos de la Municipalidad de San Juan Ixcoy, Departamento de Huehuetenango.


ACTA NÚMERO 022-2024 PUNTO CUARTO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN IXCOY, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO, CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LEGAJO DE HOJAS MÓVILES DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL QUE CORRESPONDE AL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO DONDE APARECE EL ACTA NÚMERO 022-2024, DE FECHA VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, DONDE SE ENCUENTRA EL PUNTO CUARTO. QUE COPIADO LITERALMENTE DICE: CUARTO: El Concejo Municipal del Municipio de San Juan Ixcoy, Departamento de Huehuetenango. CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios CONSIDERANDO: Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios. CONSIDERANDO: Que es de suma importancia reformar el plan de tasas del municipio, de San Juan Ixcoy, departamento de Huehuetenango, acorde a las necesidades del municipio, para cubrir los costos de prestación de los servicios administrativos y públicos municipales. CONSIDERANDO: Que, fue propuesto y aprobado, en reunión sostenida con el pleno del Concejo Municipal de Desarrollo, de este municipio, ante la urgencia de llevar a cabo el cobro por mantenimiento de calles vecinales y ornato del municipio de San Juan Ixcoy, departamento de Huehuetenango a todo comerciante que ingrese a este municipio con vehículo cargado ya sea liviano o pesado, esto con la finalidad de obtener ingresos para cubrir los gastos para el mantenimiento y reparación de calles vecinales y ornato del municipio que le competen a la circunscripción municipal de esta localidad. POR TANTO: Con fundamento en los considerandos y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 y sus reformas del Congreso de la República de Guatemala. El honorable Concejo Municipal de la Municipalidad de San Juan Ixcoy, departamento de Huehuetenango, ACUERDA:

 
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